domingo, 21 de mayo de 2023

Petróleo y conflictos socio-ambientales en Sugamuxi, Boyacá,Colombia

 

Petróleo y conflictos socio-ambientales en Sugamuxi, Boyacá, Colombia


 María Ligia Ballesteros Barreto 

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Universidad Nacional Abierta y a Distancia -UNAD

Escuela Ciencias Jurídicas y Políticas

Ciencia Política

Mayo de 2023


Palabras claves: Conflictos socio-ambientales, agua,petróleo,territorio,comunidad.



Fuente imagen: elaboración propia


Introducción

A finales de la década del 2000 e inicios de la década de 2010, la Provincia de Sugamuxi, ubicada en el Departamento de  Boyacá, se convirtió en uno de los escenarios colombianos para la exploración y extracción de petróleo en atención a la política económica nacional establecida sobre la base de una de las locomotoras de desarrollo del gobierno de Juan Manuel Santos, la locomotora minero energética.

En el afán de incentivar la inversión extranjera, el Estado, a través de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA, concedió Licencia Ambiental para la exploración y explotación petrolera a la empresa petrolera Maurel&Prom, de origen francés, en la cuenca del Lago de Tota; proyecto en el que se desconoció la disposición constitucional y legal de la participación comunitaria,  la función estatal de la conservación de los ecosistemas estratégicos para la vida y el respeto al territorio que se pretendía incursionar e impactar negativamente en los ámbitos sociales, culturales, económico y ambientales.” La biodiversidad del país, por ser patrimonio nacional y de interés de la humanidad, deberá ser protegida prioritariamente y aprovechada en forma sostenible”(Ley 99,1993).

En el año 2012, luego de la perforación de los pozos Bachué y Sugamuxi, Maurel&Prom decide solicitar la ampliación de la Licencia Ambiental para el proyecto petrolero Muisca Norte; hecho que generó la indignación y  reacción de un grupo de personas, quienes, bajo el nombre de Colectivo por la Protección de la Provincia de Sugamuxi, iniciaron un proceso de lucha contra el Estado colombiano para evitar que la mencionada Licencia fuera ampliada a los municipios de Cuítiva, Iza, Firavitoba,Pesca,Sogamoso y Tota de la Provincia de Sugamuxi en Boyacá

A continuación se expondrá el contexto político y social, los actores políticos estratégicos, la evolución de las relaciones de poder, el pronóstico, los desafíos y posibles escenarios de terminación (sean favorables o no); en torno al proceso desarrollado en defensa del agua, la vida, el ambiente y la estabilidad territorial y comunitaria.


Polígono Proyecto MNorte
Fuente: Maurel&Prom

Petróleo y conflictos socio-ambientales en Sugamuxi, Boyacá, Colombia

Contexto legal

Colombia, país con antecedentes económicos agrícolas de gran aporte, en su momento de auge, al Producto Interno Bruto; en sus Constituciones de 1886 (Art. 202) y de 1991 (Art.332), estableció que el subsuelo y los recursos naturales no renovables son de  propiedad del Estado colombiano; disposiciones que, a la vez, contrarían lo consagrado en el Art. 60 de la Constitución de 1886 y el Art.58 de la de 1991 sobre la garantía de la propiedad privada y derechos adquiridos; los cuales no pueden ser vulnerados por normas posteriores.

En 1931 se crea la ley de petróleos (37) y en 1953 se da el Decreto 1056 mediante el cual se crea el Código de petróleos ,y se determina que la exploración y explotación de hidrocarburos es de utilidad pública; al igual, determina la concesión para la exploración y explotación de los hidrocarburos. En 1961 se expide la Ley 10 de concesiones y aumento de regalías. El Decreto 1760 de 2002 da a Ecopetrol (Empresa colombina de Petróleo) la operación de los hidrocarburos y la administración de estos a la Agencia Nacional de Hidrocarburos-ANH. La Ley 99 de 1993 establece los principios de protección ambiental, el procedimiento para el licenciamiento ambiental y las formas de participación ciudadana. La Ley 397 de 1997, 1185 de 2008, entre otras, establecen la responsabilidad estatal de conservación del patrimonio cultural (material e inmaterial) y natural.

El anterior argumento legal, con el fin de indicar que a pesar de Colombia tener una basta legislación en todos los ámbitos institucionales y sectoriales, las concesiones y licenciamientos de los proyectos de hidrocarburos se hacen sin la debida planificación, en contraposición a la misma normatividad nacional y a espaldas de las comunidades; hecho que ha venido generando graves conflictos socia – ambientales, teniendo que las comunidades empoderarse de su defensa.

Contexto político y social

Sucede que, de repente, Colombia da un fuerte giro en su base económica, dejando de lado el apoyo al campo para proceder a importar alimentos con firmas de Tratados de Libre Comercio (apertura económica), y  centrar la política económica en las actividades extractivas; decisión que ha llevado a que las comunidades tengan que optar por la resistencia contra el Estado por los abusos de poder de éste y de las empresas transnacionales en la realización de la exploración sísmica para la búsqueda de gas y petróleo, y extracción de los hidrocarburos en caso de hallazgo.

Por estas incoherentes actuaciones del Estado violatorias de la armonía comunitaria, de la propiedad privada y de la conservación ambiental; surge el Colectivo por la Protección de la Provincia de Sugamuxi conformado por personas de diferente oficios y profesiones e identificadas entre sí por la querencia del territorio y  la necesidad de proteger el agua, la vida y la estabilidad del territorio y de las comunidades.        

             Actores Políticos Estratégicos

            Actores Políticos Estratégicos para la Entrada de la Empresa Maurel&Prom al Territorio

La Agencia Nacional de Hidrocarburos-ANH, Agencia Nacional de Licencias Ambientales-ANLA, La Corporación Autónoma regional de Boyacá-Corpoboyacá, Los alcaldes y Personeros de los municipios previstos para la ampliación de la Licencia Ambiental a excepción del personero del municipio de Firavitoba; quien se puso de parte de la comunidad.

Actores políticos estratégicos para el logro de la no ampliación de la Licencia Ambiental

Congreso de la República (Lugar se donde se desarrolla Audiencia Pública Ambiental en contra del proyecto petrolero Muisca Norte), Procuraduría General de la Nacional para Asuntos Ambientales y Agrarios, Contraloría General de la República de Colombia, Personero del municipio de Firavitoba.

La evolución de las relaciones de poder

Inicialmente, las relaciones de poder se centran en la supremacía del Estado sobre los individuos en la imposición de la exploración y explotación de petróleo, a través  de la empresa Maurel&Prom, sin los fundamentos constitucionales y legales que le permitieran hacer ese tipo de actividades en la Cuenca del Lago de Tota, considerado Patrimonio cultural y natural de Boyacá y Colombia. Dicha relación evoluciona, de tú a tú, se podría decir, en la medida en que la comunidad agrupada en el Colectivo por la Protección de la Provincia de Sugamuxi, se da a la tarea de hacer el análisis técnico del Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental presentados por la empresa a la ANLA; evidenciándose que la información allí consignada no correspondía a la realidad  geográfica, cultural y socioambiental del territorio. Estas anomalías fueron demostradas en Audiencia Pública Ambiental la que, junto con los informes técnicos de la Procuraduría y Contraloría de la Nación dieron lugar a que la comunidad en función de su poder y mecanismos de participación constitucional y legal, lograra evitar la ampliación de la mencionada Licencia Ambiental.

El pronóstico

La lucha del poder de la comunidad agrupada en el Colectivo, se da sobre la base de demostración al Estado colombiano que el proyecto petrolero Muisca Norte no era viable en el territorio pretendido; decisión que implicó: el análisis situacional del territorio y de los estudios del empresa, hacer cruce de la información de la empresa petrolera con la institucional (Esquemas de Ordenamiento Territorial, mapas del Instituto Agustín Codazzi, leyes nacionales, entre otra), recurrir a asesorías técnicas, realizar bloqueos y protesta social pacífica en vías públicas, hacer trabajo de campo en búsqueda de las evidencias, plantón pacífico a la empresa, realizar Foro (con énfasis de agua si, petróleo no) y Audiencia Púbica Ambiental, entre otras acciones..”(...) el contrapoder debe ser teoría y práctica de la defensa popular no-violenta”(Pedroza,2019,p.74).

Los desafíos y posibles escenarios de terminación (sean favorables o no)

Las actividades ejecutadas por el Colectivo por la Protección de la Provincia de Sugamuxi, con la importante colaboración de personas naturales y jurídicas,  llevaron a la evolución del conflicto consistente en el logro de la meta propuesta en términos de demostrar al Estado colombiano los siguientes hechos:  la falaz información territorial en los estudios técnicos hechos por la empresa Maurel&Prom, que la ANLA no hizo salida de campo para corroborar la información de la empresa, el estudio técnico que le correspondía a Corpoboyacá fue realizado por el Colectivo, la abierta violación de los instrumentos de planeación y soberanía municipal, las dádivas que la empresa entregó a Juntas de Acción Comunal para tenerlas de su lado, el cambio de uso de  suelo y de vocación territorial que se pretendía hacer con el proyecto petrolero MNorte, el supuesto empleo de 3 o 6 meses a la mayoría de las personas vinculadas  a la empresa,  el encarecimiento de la calidad de vida, los hallazgo de la Contraloría frente al incumplimiento institucional en la protección del Lago de Tota, el informe técnico de la Procuraduría de la Nación que corroboró la inviabilidad del proyecto por las características geográficas y ambientales del territorio, la mercantilización de los bienes naturales no renovables de manera ilimitada y no planeada, la violación de los Derechos Humanos y Ambientales desde el Estado y la empresa, la contaminación del agua de uso doméstico y agropecuario, la falta de valoración y conservación del patrimonio cultural y natural, y la instalación de las empresas transnacionales en  los territorios sin Dios ni Ley con la absoluta protección legal y militar del Estado. En consecuencia, “(...) el Estado es "un ordenamiento jurídico para los fines generales que ejerce el poder soberano en un territorio' determinado, al que están subordinados necesariamente los sujetos que pertenecen a él" [Mortati,1969, p. 23]”( Bobbio,1989,p.128).

Fuente: Elaboración propia

Fuentes Bibliográficas

Bobbio, N. (1989). Estado, gobierno y sociedad: por una teoría general de la política. Págs. 101-127. Fondo de Cultura Económica. https://lecturasddhh.files.wordpress.com/2016/08/bobbio-norbertoestado-gobierno-y-sociedad-caps-2-4.pdf

Descripción y narrativa del texto: autoría propia sobre la base de la experiencia personal y colectiva.   Aquí, otro ejercicio narrativo sobre el mismo tema, realizado por otro compañero de forma más amplia.  https://www.youtube.com/watch?v=ofqhxJTY0Jg

Ley 99(1993). Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial No. 52.364 - 13 de abril de 2023.

http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0099_1993_pr001.html

Pedroza Ramos, Ak. (2019). El “Contrapoder” en América Latina. Reflexiones marginales sobre un poder éticoSincronía, 76, 73-88. https://www.redalyc.org/journal/5138/513859856004/html/

¡Gracias por la lectura y amables comentarios!

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